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Nuestro Equipo:

Panama Legal Advisors está conformada por un equipo de trabajo integral con vocación de servicio, enfocado en brindar un trato personalizado ya que para nosotros cada cliente es importante, son más que un número.

5 motivos por los cuales nuestro equipo es el indicado para atenderle:

1. Le aseguramos un trato personalizado, analizando cada situación como única y prioritaria. Tratamos a nuestros clientes como nos gustarían que nos traten y le brindamos la misma dedicación como si se tratara de asuntos propios, procurando cuidar cada detalle.

2. Somos tus asesores de confianza a la distancia de un Click. Nos enfocamos en ofrecer un servicio innovador acoplado a la nueva normalidad, en el cual le atenderemos de manera virtual como primer contacto y procuraremos asegurarle respuestas inmediatas, eficaces y eficientes.

3. Nos tomaremos la tarea de entender el giro ordinario del negocio y su respectivo plan de negocio para asesorarle de manera efectiva procurando tomar acciones preventivas, obteniendo su confianza y poder trabajar de la mano con ustedes, generando sinergia y presenciando su evolución. 

4. Procuramos ser claros y transparentes, manteniendo comunicación activa con ustedes durante cada segundo del proceso de asesoría.

5. Honorarios competitivos, enfocados a obtención de resultados, procurando superarnos en todo momento y brindarles un servicio de calidad, en aras de posicionarnos de manera firme en el mercado.

Servicios y Áreas de Competencia:

  • Derecho Inmobiliario

  • Derecho Corporativo

  • Protección al consumidor

 

  • Migración y Dirección de Migración Laboral

  • Derecho de Familia

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Noticias y Publicaciones
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Reglamentación de la Ley de Teletrabajo

El Decreto Ejecutivo #133 del 16 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley de Teletrabajo ha sido publicado en Gaceta Oficial recientemente y la misma ha entrado en vigencia.

Esta reglamentación fue consensuada en una mesa tripartita de diálogo por la Economía y el Desarrollo Laboral.

Entre los aspectos que se acordaron podemos destacar:

  • El derecho de desconexión del trabajador en su tiempo de descanso,

  • Jornadas extraordinarias del teletrabajo regidas por el Código de Trabajo,

  • Riesgos Profesionales en el lugar que realiza el teletrabajo,

  • Registro de horas laboradas por el trabajador,

  • Que es obligatorio por parte del empleador suplir de los útiles, instrumentos, materiales, equipos, programas y cualquier requerimiento del trabajador para poder realizar de manera satisfactoria la faena asignada. De igual forma se aclara que dichos implementos deben ser utilizados solo para ejecutar su trabajo y que debe devolverlos cuando culmine el teletrabajo,

  • Prohibición de la instalación de cualquier tipo de programa informático que vulnere la privacidad del trabajador o de su familia,

  • El empleador deberá cubrir los gastos relativos a los servicios públicos de electricidad e internet,

  • Entre otros.

 

Si requieres mayor información de esta Reglamentación no dudes en contactarnos y te asesoramos como te lo mereces.

Áreas de Competencia

 

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Protección al consumidor

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Métodos Alternos de Resolución de Conflictos

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